El Juzgado Federal N° 2 de San Martín ha dictado una medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 en Argentina. Este fallo garantiza la validez de los convenios colectivos de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y protege las condiciones laborales de los trabajadores del sector por un período inicial de seis meses.
La decisión judicial impide que el Estado Nacional realice modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales. Esto asegura la continuidad de todas las cláusulas convencionales, lo que obliga a las empresas a mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias, esenciales para el funcionamiento de las organizaciones gremiales.
El secretario general de FAECYS, Armando Cavalieri, celebró el fallo como un “acto de justicia” que defiende los derechos de los trabajadores mercantiles y la autonomía sindical. Esta resolución se produce en un contexto de debate intenso sobre los derechos laborales y el futuro del sindicalismo en Argentina, estableciendo un precedente importante en la defensa de los derechos de los trabajadores.